domingo, 17 de agosto de 2008

Consideraciones ambientales y geomorfológicas en torno a posibles desarrollos agrícolas y/o habitacionales en la Cuenca del Rio Mucujún, Estado Mérida

Prof. Raúl Estévez, Ph.D.
Mérida 15/08/2008

1. El área geográfica del Vallecito forma parte del ABRAE (Área Bajo Régimen de Administración Especial) de la Cuenca del Mucujún, decretada en 1985 para proteger su vocación hídrica y ambiental, generadora del 80% del agua que consume la ciudad de Mérida y por ser poseedora de uno de los patrimonios ambientales y turísticos mas importante del país. Sin embargo, ignorando esta condición y sin consultar al Ministerio del Ambiente, el Instituto Nacional de Tierras (INTI) declaró 37 de sus hectáreas como tierras ociosas y otorgó cartas agrarias para su explotación agrícola, violando el Artículo 104 de la Ley de Tierras que prohíbe expresamente tal declaración en el caso de los ABRAES y/o de terrenos con condiciones geomorfológicas inadecuadas. Igualmente se desestimaron los Artículos 2, 6 (apartes 3 y 4) y 21 (aparte 10) de la Ley de Consejos Comunales y el espíritu de la Democracia Participativa que impulsa el actual Gobierno, que obligan la consulta a estas instancias del Poder Popular antes de tomar decisiones que puedan afectar la comunidad bajo su jurisdicción. Adicionalmente, al no incluir a la comunidad afectada en la discusión de la medida, se ignoró también el Proyecto de Desarrollo Integral que la Mancomunidad de Consejos Comunales tiene para esa zona y que fue dado a conocer a todas las instituciones con injerencia en la materia.

2. ¿Porqué este ABRAE existe y debe ser protegido?. En 1990 la dirección regional del Ministerio del Ambiente y del INOS adelantaron una evaluación muy detallada y sólidamente fundamentada de la capacidad de sustentación de la cuenca del Mucujún y, particularmente, de su potencial hídrico [1], [2]. El estudio se planteó como objetivo central justificar, cuantitativamente, los límites al crecimiento de la explotación de la cuenca, necesarios para lograr un desarrollo sostenible de la misma, sin comprometer su vocación principal como productora de agua potable para la ciudad de Mérida ni su caudal ecológico mínimo (demanda ecológica necesaria para sostener ambientalmente la cuenca) con proyección hasta el 2010. El estudio comienza por estimar el potencial hídrico de la cuenca calculando su capacidad de captación de agua a partir de una superficie estimada en 18.369 ha (53% de páramos) y de datos pluviométricos y de evapotranspiración en función de la temperatura, altura, pendientes y otras variables. Luego se pasa a cuantificar y caracterizar 5 rubros explotables en la cuenca: Producción de Agua, Agricultura, Ganadería, Vivienda (Población) y Turismo, calculando y discutiendo, pormenorizadamente, la demanda hídrica de cada rubro para los 2 momentos (1990-2010), así como su contribución a la contaminación del agua disponible.

Palabras más palabras menos, el extensivo estudio arroja resultados realmente preocupantes sobre la situación actual y el destino de la cuenca:

2.1. Crecimiento predominante de asentamientos poblacionales.
La máxima población que admite un desarrollo sostenible de la cuenca, considerando conjuntamente poblaciones concentradas localizadas y áreas de mediana densidad poblacional, es de 10.942 habitantes. Por su parte, la capacidad poblacional asociada a áreas turístico-receptivas, no debe ser mayor a 1.150 personas. No obstante, el crecimiento poblacional de la cuenca ha sido muy acelerado, estimándose en un 10,1% anual para el período 1978-1989. Esta es una tasa muy alta para un área considerada ahora como rural y cuyo crecimiento natural fue estimado en 2,5% anual para 1985. De mantenerse el crecimiento indiscriminado de población a esta tasa, que parece ser el caso, y copando las posibilidades de crecimiento de las demás actividades, para el 2010 la población alcanzaría los 17.186 habitantes, cifra superior al doble de los 7.784 registrados al momento del estudio (1990). Esta cifra supera en 6.244 personas (57%) al máximo estimado y en 16 l/s a sus requerimientos de agua.

2.2. Crecimiento predominante de la demanda de agua.
Se estima que con la capacidad de sustentación deseable, el caudal máximo aprovechable del Río Mucujún para el suministro de Mérida no debería superar la derivación que existía en 1990 de 800 l/s, aunque podría incrementarse con el caudal aprovechable de la quebrada La Cuesta hasta el máximo estimado para ella de 70 a 100 l/s. Esto permitiría el mantenimiento de las capacidades aceptables para esa capacidad de sustentación y el abastecimiento de agua para unas 212.353 personas que representan un 50% de la población estimada para Mérida en el año 2010. Ello exige que el consumo interno se mantenga lo más cercano posible al consumo que existía en 1990, estimado en 245,6 l/s para poder garantizar aquel suministro con un mínimo de períodos de déficit. El consumo potencial interno máximo que admite la cuenca, considerando el crecimiento de su población y sus actividades, ha sido estimado en 316 l/s. Sin embargo para alcanzar este máximo sin que se presenten situaciones críticas de desabastecimiento para Mérida en períodos de estiaje, será necesario compensar sus requerimientos de agua con la explotación de fuentes alternas que garanticen el suministro restante al del Mucujún, estimado en 841,5 l/s para el año 2010.

2.3.Crecimiento predominante de las actividades agrícolas.
Para satisfacer los requerimientos anteriores, la superficie máxima bajo riego a que puede llegarse en la cuenca es de 232,2 ha para agricultura intensiva; 664,5 para pastizales y 9,8 ha para áreas verdes de instalaciones turísticas. De la comparación entre las capacidades potenciales para el año 2010 y las capacidades de sustentación máximas, se deduce que el crecimiento de la actividad agrícola, ocupando el máximo de superficie con condiciones potenciales para ese uso, supera en 254 ha (hectáreas) (28%) y en 64 l/s (litros/segundo) a la capacidad de sustentación de la cuenca.

2.4. Crecimiento predominante de las actividades pecuarias, incluido el riego de pastizales.
La superficie excedente en relación a la capacidad de sustentación sería la misma que en el caso anterior, pero a los consumos por riego debe añadirse el consumo animal. Este último representa una diferencia de 108 l/s con respecto al definido a la capacidad de sustentación máxima y una diferencia total de 172 l/s.

2.5. Crecimiento de actividades turísticas.
Si se considera la superficie potencialmente desarrollable de 1.160,6 ha para el año 2010, a una densidad de 30 camas/ha, el incremento potencial de la población turística sería de 34.814 personas, lo cual rebasa sobradamente no sólo la capacidad de sustentación de población turística, sino que además triplica la población permanente máxima posible. En este caso los consumos llegarían a 116,8 l/s, que supera en 76,2 l/s a los consumos humanos totales.

2.6. Crecimiento de la contaminación orgánica del agua.
La producción de aguas residuales en 1990 se estimó en 1.309 M3/día (~ 15,2 lt/seg) y la carga orgánica en 748 Kg. DBO/día. El cálculo de la carga humana por habitante se basó en el valor de 95 gr de DBO/hab/dia, estimado a partir del análisis de aguas residuales. Partiendo del hecho que estas cifras están asociadas directamente al número de habitantes, cuya cifra se ha duplicado desde 1990, no es difícil concluir que los valores actuales deben andar por el orden de los 30 lt/seg para las aguas residuales y de los 1.500 kg. DBO/día. La concentración de carga orgánica que llega al río se estima en un 50% del total producido, en atención a la eficiencia promedio de los sistemas de tratamiento y manejo de aguas residuales. Algunos autores consideran que uno de los aspectos más preocupante es la contaminación del Río Mucujún por heces fecales de origen humano medida en términos bacteriológicos, por cuanto sobrepasa significativamente los valores considerados como limitantes para calidad potable y porque no se han desarrollado regulaciones y mecanismos preventivos eficientes ante el doblamiento anárquico de la cuenca y la descarga incontrolada de aguas residuales domésticas, principal fuente de este tipo de contaminación.

El estudio concluye con la siguiente reflexión: “Es importante destacar la necesidad de controlar y desestimular los asentamientos poblacionales restringiéndolos solo a su crecimiento natural. Aún cuando los consumos por este concepto son más reducidos que los de riego, son permanentes a lo largo de los años y se relacionan con un elevado potencial de descarga de aguas residuales y representan un uso irreversible del suelo.”



Figura 1:

3. Las observaciones de campo en el área adjudicada indican que se trata de depósitos de material arcilloso proveniente de la litología del sector circundante [3]. Esta litología produce suelos muy pesados, infértiles e inadecuados para desarrollos habitacionales debido a la presencia, por lo regular, de arcillas expansivas. Por otra parte, la ausencia de agua en la zona es tan crítica que los habitantes del Vallecito Medio y Bajo deben proveerse de la misma a través de una tubería que la trae desde el Valle Grande, en la margen opuesta del río. Como es reconocido por la tradición de los nativos, nunca ha crecido en esas tierras más que un pasto pobre de forma que para lograr un suelo fértil para la producción agrícola o lechera, se requeriría de mucho tiempo, inversión y, probablemente, uso de agroquímicos. Forzar desarrollos agrícolas sobre tierras frágiles y con escasez de agua no puede ser ecológicamente sólido ni económicamente sostenible. Todas estas condiciones críticas exigen de estudios previos muy bien fundamentados antes de emitir permisos de cualquier índole para el uso de estas tierras.

4. Aparte del trabajo referido anteriormente [3], estudios geológicos, geomorfológicos y sismotectónicos recientes señalan la presencia de por lo menos 3 fallas activas, colindantes con los terrenos referidos: la Falla del Mucujún, la Falla de la Hechicera y la Falla del Albarregas, cuya extensión al Vallecito fue detectada recientemente mediante estudios de emanaciones de Radón [4], [5], [6], [7], [8]. Esta situación no es inusual en regiones tectónicamente activas como los Andes Venezolanos y, al parecer, ninguna de estas fallas representan por ahora una amenaza importante para actividades agrícolas o de esparcimiento, pero sí pueden serlo para construcciones civiles habitacionales, de infraestructura o servicios. En Particular la Planta de Tratamiento de Aguas de Mérida y la Sub-Estación Eléctrica Mérida 2 están prácticamente montadas sobre la traza de la Falla de la Hechicera, con el agravante de que la Planta de Tratamiento está a escasos metros del talud hacia el Río Mucujún. En este último caso se han adelantado algunos trabajos para estimar la vulnerabilidad sísmica [9] y el diseño de una obra de mitigación [10], pero entiendo que estos estudios no se han concretado en realizaciones prácticas. Con relación a la sub-Estación Eléctrica y las torres aledañas de alta tensión pareciera que no se ha adelantado ningún estudio al respecto. Mientras hay que garantizarles un espacio generoso de seguridad a su alrededor.


REFERENCIAS

[1] Ing. Agr. MSc.(Agroecología) Yocoima Barreto, Geog. Fabiola Duque, 1990, “Estudio de la Capacidad de Sustentación de la Cuenca del Río Mucujún”, estudio elaborado para el MARNR–Zona16.

[2] González Edgar, Quintero Yoly Mar, “El uso del agua y sus problemas en el sector el Vallecito, Subcuenca Río Mucujún. Edo Mérida”. Trabajo de investigación, Biblioteca Ingeniería Forestal, ULA.

[3] Rosa Ramírez García, 2005, "Zonificación geomorfológica utilizando el concepto de estabilidad relativa aplicado a la microcuenca Los Tapiales, río Mucujún, El Vallecito, estado Mérida,Venezuela". Revista Geográfica Venezolana, Vol. 46(2) 2005, 235-252.

[4] Martín Rengifo; Reina Aranguren y Jaime Laffaille, 2006, “La Falla Albarregas: determinación de su traza mediante la detección de gas Radón”. Revista de la Facultad de Ingeniería de la U.C.V., Vol. 21, N° 4, pp. 95–102, 2006.

[5] Norvis N. Manzanilla, Noviembre de 2005, “Determinación de la(s) traza(s) activa(s) de la Falla la Hechicera en la zona norte del estado Mérida, usando detectores pasivos de gas Radón”. Trabajo Especial de Grado para optar al Título de licenciada en Física, ULA. Tutor: Profesor Martín Rengifo.

[6] Carlos Ferrer, 1995, Plano Geológico a escala 1:25.000 del sector El Vallecito. Instituto de Geografía, ULA.

[7] Almeida Rafael, Sánchez Maria Gabriela, Junio 2004, “Estudio geológico estructural del contacto paleozoico-terciario en los alrededores de la ciudad de Mérida”. Trabajo Especial de Grado para optar al Título de Ing. Geólogo, ULA. Tutor Académico: Prof. Castrillo José.

[8] Peñaloza Jogli, “Estudio Geológico-Estructural del margen izquierdo del Río Mucujún entre el Vallecito y la Culata”. Trabajo Especial de Grado para optar al Título de Ing. Geólogo, ULA.

[9] Carlos Espinosa, Edwis Leonardo Vivas, Rosa Ramírez y Otto Jurgenson, “Análisis de la vulnerabilidad sísmica del acueducto de la ciudad de Mérida, Venezuela”. Artículo no publicado. Biblioteca del CIDIAT, Mérida.

[10] Roberto Ucar Navarro,“Diseño de una pantalla atirantada de una franja adyacente a la cresta de la meseta donde esta fundada la planta de tratamiento del acueducto de Mérida. Enrique Bourgoin”, Estudio contratado por el INOS.



Mérida, 15 de Agosto de 2008.

miércoles, 13 de agosto de 2008

Sobre la problemática del ABRAE Subcuenca protectora del río Mucujun


Por: José Espinoza


En fecha 3 de abril de 2007 los habitantes de la comunidad fuimos sorprendidos por un despliegue policial y de la Guardia Nacional, insólito en esta entidad tradicionalmente pacífica. En el sitio nos enteramos que tal movilización se debía a la asignación, por parte del Instituto Nacional de Tierras INTI, de 37 hectáreas de terrenos ubicados en esta jurisdicción DECLARADAS COMO OCIOSAS, a cinco cooperativas desconocidas por la generalidad de los vecinos y sin que mediara consulta alguna con nuestra colectividad.
Para la comunidad de El Vallecito estas tierras, nunca han sido consideradas ociosas, puesto que se entiende que comportan tantas limitaciones como el resto del área de uso protector, sumada a la condición de ser zona de seguridad y de crecimiento de la Sub-Estación Eléctrica Mérida 2 y alojar el tubo matriz que lleva el agua desde el dique en el Río Mucujún hasta la planta de tratamiento de Aguas de Mérida que provee a la ciudad del 80% de su agua potable, ambos servicios altísimamente estratégicos para el Estado. Esto, es un ABRAE y entenderlo y aceptarlo por los pobladores de todo El Valle y El Vallecito, ha sido un largo trabajo educativo de las instituciones y personas preocupadas por el ambiente, porque esta declaratoria comporta limitaciones, restricciones y prohibiciones severas. Las actividades y prácticas declaradas inadecuadas para la zona son motivo de discusión permanente entre los intereses de los particulares y los del Estado como ente legislador y controlador del fiel cumplimiento del Reglamento de Uso de la subcuenca del río Mucujún.

No se trata de defender sólo el uso del terreno y el agua potable de Mérida sino en primer lugar del derecho de la comunidad a ser consultada como lo señala la Ley de Consejos Comunales en una decisión que definitivamente la afectará. Es inadmisible que sea el mismo Estado, a través del INTI y MAT, promulgador de la Ley de Tierra, de la Forestal de Aguas y Suelos, de la de Consejos Comunales, del Reglamento de uso del Mucujún, aparte de lo dicho en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en materia ambiental, el responsable de su estricto cumplimiento, quien las violé. En segundo lugar, pasando por encima del ente rector de esta zona que es el Ministerio del Ambiente, que no fue ni siquiera informado y en tercer lugar el haber declarado como ociosas tierras de un ABRAE contraviniendo el artículo 104 de la Ley de tierras, causando un conflicto innecesario y estableciendo un antecedente de consecuencias, en este caso sí, cuantificables: la destrucción de un rió.

La manera como el INTI ha venido manejando el problema con la intención de imponerle a la comunidad una decisión que la afectará seriamente quebranta claramente la concepción vigente del Poder Popular Comunal e interfiere con el ejercicio de la función de contraloría social que corresponde a las comunidades. El procedimiento y las decisiones derivadas por lo tanto no pueden ser considerados legítimamente admisibles por este colectivo. Igualmente se han irrespetado las vocaciones y potencialidades del sector que apuntalan un proceso que favorece, ante todo, la preservación ambiental, cultural y social del sitio, más allá aspiraciones e intereses de subjetivos.

Aparte de que proyectos como los supuestamente propuestos requieren de gran infraestructura para las actividades a realizar, la conformación de las cooperativas favorecidas de una mayoría considerable de miembros no conocidos ni residentes en la comunidad, generará una presión para la construcción de nuevas viviendas y alojamientos, ya que una vez establecido el desarrollo, prevalecería la natural y comprensible inclinación que cualquier persona tiene de alojarse cerca del lugar de trabajo. No es ningún secreto y consta en las actas, que en las pocas reuniones que se han podido sostener con estas personas, nos han asegurado sus planes de constituir una OCV Y DESARROLLAR UN URBANÍSMO en el sitio.

Con total responsabilidad, podemos asegurar que las cooperativas seleccionadas se cobijan bajo la figura de un supuesto Núcleo de Desarrollo Endógeno (NUDE) denominado Mocaqueteos, pero la esencia y finalidad de estos núcleos requieren de la consulta y consenso de los habitantes residentes en el sitio, de que las instituciones que en él hacen vida se involucren activamente para que cualquier iniciativa no aparezca como una imposición que atenta contra sus saberes, tradiciones y valores. Un NUDE exige agruparse en las competencias y experiencias de la comunidad, para fortalecerla y potenciarla hacia su autosustentabilidad, y en este sentido el Núcleo Endógeno "Mocaqueteos" no se adecua a esta descripción ni al espíritu de la idea. En particular la Cooperativa Brisas del Vallecito 564, que originalmente introdujo la denuncia de estas tierras como "ociosas" y a la que se le asignan casi 10 hectáreas, inicialmente se constituyó por un grupo de personas en el cual un 50% eran habitantes del Vallecito y cuyo propósito original fue resolver, fundamentalmente, una legítima necesidad de vivienda. Al no ser así, la gran mayoría de los integrantes renunció a dicha cooperativa entre el año 2005 y 2006, al extremo que para la hora de la asignación de las tierras sólo quedaban 5 de los 45 miembros originales, con tan solo 2 personas de la comunidad. Este mismo grupo también usa la figura de un supuesto Consejo Comunal "El Vallecito", no reconocido por ninguno de los organismos del Poder Popular, como es fácilmente verificable. FRENTE A ESTA SITUACIÓN NOS ENCONTRAMOS EN LA NECESIDAD DE ACLARAR QUE NI EL NÚCLEO ENDÓGENO DE DESARROLLO SUSTENTABLE "MOCAQUETEOS", NI LA COOPERATIVA BRISAS DEL VALLECITO 564 Y NI EL CONSEJO COMUNAL EL VALLECITO TIENEN ASIDERO LEGAL, NI ARRAIGO, NI VÍNCULOS, PARA REPRESENTAR A LOS HABITANTES DE EL VALLECITO, COMO SE LO HAN ATRIBUIDO EN REPETIDAS OCASIONES.

Actualmente se esta revisando el reglamento de uso de la subcuenca del Mucujún, este es el escenario para hacer las propuestas con participación de las comunidades en la formulación de los planes de desarrollo sustentable de la zona, verdaderamente endógenos, nacidos de la consulta y consenso de los habitantes residentes en el sitio, conociendo las potencialidades sociales, culturales, técnicas y económicas de los pobladores así como sus necesidades y aspiraciones. etcétera…

Teniendo en cuenta lo anterior, queremos reiterar nuestra preocupación por la propuesta de asignación adelantada e insistirles en el derecho que nos asiste al solicitar la anulación de la medida y el estudio y discusión de nuestra visión del problema, plasmada en el Proyecto de Desarrollo Integral de El Vallecito, un proyecto de verdadero Desarrollo Endógeno Comunitario, que estimamos beneficia altamente a la comunidad y al proyecto de país que todos deseamos, ante el riesgo de que se puedan convertir algunas figuras de legitima justicia social, propiciada por la República Bolivariana de Venezuela, en una herramienta para el acceso a beneficios que están reñidos con la intención social de la Ley de Tierras y los usos de una zona ABRAE así como con las vocaciones y la tranquilidad de la comunidad y su entorno.

"la Zona Protectora del Mucujún se convierte en objetivo estratégico de protección para la supervivencia de Mérida por su cuádruple condición de reserva ecológica, fuente de las aguas de mayor pureza para la ciudad, patrimonio turístico y escape de la presión urbana que obliga a considerar con la mayor cautela las propuestas de construcción que la afecten" (Comité Prodefensa del Mucujún "Dr. Ernesto Palacios Pru").
En Mérida, 24 de julio de 2008.


Arq. Gustavo Pineda
Maestra Dunia González
Coordinador del Consejo Comunal Coordinadora del Consejo Comunal
Las Mercedes de El Vallecito Medio y San Isidro



Abg. Ilva Marina Rendón Ciudadano Antonio Salas
Coordinadora del Consejo Comunal Coordinador del Consejo Comunal
El Vallecito Alto El Maitín de El Vallecito

Firmadas y selladas en el original.
joedesquin@gmail.com